Ésta es la carta que he enviado a la Ilma. Sra. Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, al Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santander, a la Fiscalía de Menores de la citada ciudad y a la Directora del Turno de Peritación Psicológica.
Vaya por delante que si, al igual que estamos haciendo desde Coordinadora de Barrios junto con la Plataforma de Libertad para W., alguien de entre vosotros está interesado en enviar cartas de apoyo para reclamar la solución de este entramado, en el que se ha introducido a la fuerza a una familia africana, desorientada por las disposiciones legales para las que casi ningún ciudadano común estamos preparados, podéis pedirme las direcciones en mensajes de correo o privados en Facebook. Gracias.
Ilma. Sra.:
MARIA
ANTONIA DEL TORO PARRAGA, con D.N.I. XXXXXXXX-X, Licenciada en Ciencias
de la Educación (Pedagogía), con estudios de Criminología y diversos cursos
sobre educación y reinserción de menores en situación de exclusión social, así
como especialista en drogodependencias y reinserción laboral de personas que
han cumplido penas de prisión; miembro de COORDINADORA DE BARRIOS, y empleada en RTVE desde el año 1982,
donde en la actualidad realizo labores para la accesibilidad de los contenidos
televisivos a personas sordas y ciegas, me
permito reclamar que me dedique algo de su tiempo profesional para atender la
siguiente petición.
Durante varios años, he acogido en mi domicilio a jóvenes hasta el momento de su independencia personal y económica, tarea que sigo realizando actualmente, por lo que me considero con suficiente experiencia, debido tanto a la convivencia con ellos como al trabajo con equipos multidisciplinares de abogados, trabajadores sociales y voluntarios que me acompañan en esta labor.
Conozco el
caso de del niño W., cuya tutela le
fue retirada a sus padres, Ferdinand Kome y Monike Mbakong, naturales de
Camerún cuando el menor tenía 5 años de edad, acusados por los servicios
jurídicos del Gobierno de Cantabria de un delito de violencia doméstica
habitual, para el que se pedía 2 años y 6 meses de prisión, inhabilitación para
el ejercicio de la patria potestad durante 5 años y otras penas menores. A esto
añadían 2 delitos de violencia doméstica con lesiones para los que se pidieron
4 años de prisión, y un tercer delito de violencia doméstica para el que se
pedía 11 meses de prisión y otras penas menores, así como inhabilitación
especial para el ejercicio de la patria potestad durante 5 años y la
consiguiente prohibición de acercarse al pequeño.
En una contundente y pormenorizada
sentencia, de fecha 6 de marzo de 2013, Doña María Susana Bello Bruna, Juez del
Juzgado de lo Penal nº 1 de Santander, falló: “QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO
LIBREMENTE”, siguiendo el nombre de los
padres y todas las mencionadas acusaciones
DE LAS QUE LES HA ABSUELTO.
Dicha sentencia fue recurrida ante la
Audiencia Provincial por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Cantabria y Don
Agustín Alonso Roca, Ilmo. Sr. Presidente de la Sección Tercera de la
mencionada audiencia, en otra contundente y pormenorizada sentencia, dictó: “QUE
DESESTIMANDO TOTALMENTE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la
representación procesal de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Cantabria
contra la Sentencia (es decir, la ABSOLUCION antes mencionada) y que “DEBEMOS
CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS LA MISMA”.
A pesar de
todo, los servicios sociales, en lugar de cumplir la sentencia, ponen al
pequeño W. en situación de adopción.
Los que conocemos a la familia, sus
médicos, psicólogos, el personal de la guardería infantil, incluso la casera
del hogar donde viven, hemos dejado claro, por escrito y bajo nuestra responsabilidad,
que sabemos que se trata de muy buenos padres. Incluso ese argumento que
arteramente se suele utilizar: “los padres no colaboran”, cayó por tierra desde
el primer momento, ya que estos padres aceptaron humildemente agresiones
verbales, obligaciones y humillaciones a las que de ningún modo es bueno que
nadie se someta.
Tenemos
noticia de que el Instituto Cántabro de Servicios Sociales, empecinándose en
los errores e irregularidades inicialmente cometidos, han decidido seguir ignorando
el “interés prioritario del menor”. Y dan por hecho, que entregando al niño en
adopción volverán la situación irreversible. Si esto llegara a ocurrir, la
irresponsabilidad de esa Institución se manifestaría en su máxima expresión y
la insania del problema se agigantaría.
De
hecho, ya están empleando contra el niño dañinos procedimientos de desarraigo, ya que en el tiempo que lleva
desaparecido ha pasado por un Centro y tres familias.
¿Sabe la familia adoptante, a la que supongo bien intencionada, las
secuelas que todo este proceso que sufre el menor conlleva? Cuando el niño
cumpla 13 años y todos estos problemas mal resueltos estallen, ¿devolverán al niño, como se suele hacer?
Permítame
que, con el mayor respeto, le diga que
no entiendo de leyes más que lo imprescindible, pero tengo sobrado
sentido de la realidad, sentido común y muchos años de experiencia precisamente
sobre este tipo de daños. Y para personas como yo, ese niño ha sido “robado”
con argucias legales y lleva 4 años traumáticamente “desaparecido”. Por lo cual, en mi sensibilidad y conciencia,
me siento profundamente interpelada.
Presumo, como profesional, que alguien está
causando a ese niño daños graves. Y como persona bien nacida, me siento en la
obligación de defender a esa criatura. Y a su familia, por supuesto, como parte esencial de una
crianza normalizada.
Me niego a aceptar que la Ley de Protección
Jurídica del Menor siga siendo papel mojado y se haya convertido en su
comunidad autónoma en “ley de desprotección jurídica” de las familias más desfavorecidas.
Y para que así conste, con mi respetuoso saludo,
María Antonia del Toro Párraga
Madrid, 23 de abril de 2014-04-23
*https://www.facebook.com/libertadparaw?ref=ts&fref=ts
Resumen:
En 2009, W., de cinco años, fue apartado de su familia, Ferdinand Kome y Monike Mbakong, por el Servicio de Protección del Menor del Gobierno de Cantabria. Fueron acusados de presuntos malos tratos a causa de varias visitas al hospital. En marzo de 2013 fueron absueltos por la Sala Penal nº1 de Cantabria. Esta sentencia fue recurrida por el Gobierno de Cantabria. La Audiencia Provincial se pronunció de nuevo a favor de Ferdinand y Monike en diciembre de 2013: los Tribunales tienen claro que ni Ferdinand ni Monike cometieron malos tratos. A pesar de esto, los Servicios Sociales de Cantabria no les han devuelto la tutela de W. El Juzgado de Familia nº 9 de Cantabria les desestimó las demandas presentadas por inadecuado ejercicio de la función parental, al estar el procedimiento penal abierto, y al transcurrir dos años desde la declaración de desamparo perdieron la patria potestad, sin tener en cuenta que fue la misma Justicia la que había provocado que el proceso se alargara más del tiempo estipulado.
A día de hoy, después de cinco años, de los cuales los cuatro últimos no les han permitido tener contacto con su hijo, W. está en preadopción en proceso de adopción Además de todo este sufrimiento, la familia debe sorportar la actitud de los Servicios Sociales: F. J. Dávila, Director General de Servicios Sociales de Cantabria les dijo en diversas ocasiones que “nunca” recuperarían a su hijo.
FERDINAND Y MONIKE SIGUEN CON SU LUCHA.
NO ESTÁN SOLOS: APOYÉMOSLES
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